Apéndice 1 al JAR-FCL 1.005.

Requisitos mínimos para la emisión de una licencia/autorización JAR-FCL basada en una licencia/autorización nacional emitida en un Estado miembro de las JAA.

(Ver JAR-FCL 1.005 (b) (3))

1. Licencias de pilotos.

Una licencia de piloto emitida por un Estado miembro de las JAA de acuerdo con las reglamentaciones nacionales de tal Estado, puede ser sustituida por una licencia JAR-FCL sujeta a condiciones, cuando sea aplicable. Para sustituir tales licencias el titular:

(a) para una ATPL(A) o CPL(A), como verificación de competencia, cumplirá los requisitos de revalidación de la habilitación de tipo/clase o vuelo instrumental (IR cuando sea aplicable) establecidos en el JAR-FCL 1.245 (b) (1), 1.245 (c) (1) o 1.245 (c) (2) relativos a las atribuciones de la licencia de que es titular;

(b) (i) para ATPL y CPL demostrará a satisfacción de la Autoridad que ha adquirido conocimientos de las partes correspondientes del JAR-OPS y JAR-FCL.

(ii) Solo para PPL demostrará a satisfacción de la Autoridad que ha adquirido los conocimientos de las partes adecuadas de los requisitos de las JAA.

(c) Demostrará conocimiento del inglés de acuerdo con el JAR-FCL 1.200, si es titular de atribuciones IR.

(d) Cumplirá los requisitos de experiencia a cualquier otro de los establecidos en las tablas siguientes:

 

Licencia nacional

Experiencia total de vuelo

Otros requisitos de las JAA.

Licencias JAR-FCL que sustituye y condiciones (si es aplicable)

Remoción de condiciones

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

 

ATPL(A)

>1500 como PIC en aviones multipiloto

ninguna

ATPL(A)

no aplicable

(a)

ATPL(A)

>1500 en aviones multipiloto

ninguna

como en (c) (4)

como en (c) (5)

(b)

ATPL(A)

>500 en aviones multipiloto

demostrará a la Autoridad conocimiento de performance y planificación de vuelo de acuerdo con los criterios que se establezcan

APTL(A) con habilitación de tipo restringida a copiloto

demostrar habilidad para actuar como PIC de acuerdo con apéndice 2 del JAR-FCL 1.240

(c)

CPL/IR y teoría ATPL OACI demostrada en el Estado JAA emisor de la licencia

>500 en aviones multipiloto

(i) demostrar a la Autoridad conocimiento de performance y planificación de vuelo de acuerdo con los criterios que se establezcan

(ii) cumplir los demás requisitos de JAR-FCL 1.250 (a) (1) y (2)

CPL/IR con acreditación de la teoría ATPL del JAR-FCL

No aplicable

(d)

CPL/IR(A)

>500 en aviones multipiloto

(i) superar un examen de conocimientos teóricos de ATPL(A) JAR-FCL en el Estado miembro de las JAA emisor de la licencia(*)

(ii) cumplir los demás requisitos del JAR-FCL 1.250(a) (1) y(2)

CPL/IR con acreditación de la teoría de ATPL JAR-FCL

No aplicable

(e)

CPL/IR(A)

>500 como PIC en aviones de un solo piloto

ninguna

CPL/IR con habilitaciones de tipo/clase restringidas a aviones de un solo piloto

Obteniendo habilitación de tipo para aviones multipiloto de acuerdo con JAR-FCL 1.240

 

 

 

(f)

CPL/IR(A)

<500 como PIC en aviones de un solo piloto

demostrar a la Autoridad conocimientos de performance y planificación de vuelo de acuerdo con los criterios que se establezcan

como en (4) (f)

(g)

CPL(A)

>500 como PIC en aviones para un solo piloto

ninguna

CPL, con habilitaciones de tipo/clase restringidas a aviones de un solo piloto

(h)

CPL(A)

<500 como PIC en aviones para un solo piloto

como en (3) (g)

como en (4) (h)

(i)

PPL/IR(A)

75 horas en IFR

calificación para vuelo nocturno si las atribuciones para este vuelo no se incluyen en la habilitación para vuelo instrumental

PPL/IR(A) (la IR restringida a PPL)

Demostrará a la Autoridad conocimientos de performance y planificación de vuelo de acuerdo con los criterios que se establezcan

(j)

PPL(A)

75 horas en aviones

demostrará saber usar las ayudas para la radionavegación

PPL(A)

 

(k)

PC1ª

>1500 horas como piloto de aviones

Demostrará a la Autoridad conocimientos de performance y planificación de vuelo de acuerdo con los criterios que se establezcan

APTL(A) con habilitación de tipo restringida a copiloto

demostrar habilidad para actuar como PIC de acuerdo con apéndice 2 del JAR-FCL 1.240

(l)

 

(*) A los titulares de una CPL que ya disponen de habilitación de tipo para aviones multipiloto no se les requiere haber pasado un examen de conocimientos teóricos para ATPL mientras continúe operando el mismo tipo de avión, pero no tendrá acreditados los conocimientos ATPL para la licencia JAR-FCL. Si necesitase otra habilitación de tipo para un avión multipiloto diferente, deberá cumplir lo previsto en la columna (3) filas (e) (i) de la tabla anterior.

 

2. Conversión de la habilitación de instructor.

 

Habilitación, autorización o atribuciones nacionales

Experiencia

Otros requisitos JAA

Substitución por habilitación JAA

(1)

(2)

(3)

(4)

FI(A)/IRI(A)/TRI(A)/CRI(A)

de acuerdo con JAR-FCL para la habilitación de que se trate

demostrar conocimientos de las partes relativas del JAR-FCL y JAR-OPS de acuerdo con los criterios que se establezcan

FI(A)/IRI(A)/TRI(A)/CRI(A)

 

3. Autorización de SFI.

Una autorización de SFI emitida por un Estado de acuerdo con la reglamentación nacional de tal Estado puede ser substituida por una autorización JAR FCL siempre y cuando el titular cumpla los requisitos de experiencia y cualquier otro que se establece en la tabla siguiente:

 

Autorización nacional

Experiencia

Otros requisitos JAA

Transformación en la autorización JAA

(1)

(2)

(3)

(4)

SFI

>1500 horas como piloto MPA

(i) Ser o haber sido titular de una licencia de piloto profesional emitida por un Estado miembro de las JAA o una licencia profesional no JAR-FCL aceptable por la Autoridad.

(ii) haber completado un curso de simulador de vuelo de una habilitación de tipo, incluido el MCC.

(SFI)

SFI

3 años de experiencia reciente como SFI aceptable a la Autoridad

haber completado un curso de simulador de vuelo de una habilitación de tipo, incluido el MCC

SFI

 

Esta autorización tendrá una duración máxima de 3 años.

Las nuevas autorizaciones estarán sujetas al cumplimiento de los requisitos del JAR-FCL 1.415.

 

4. Instructores en FTD y FNPTI.

 

Habilitación nacional

Experiencia

Substitución por habilitación JAA

(1)

(2)

(3)

Instructores en FTD y/o FNPTI

3 años de experiencia reciente como instructor en FTD y/o FNPTI aceptable a la Autoridad

Instrucción en FTD y/o FNPTI