Apéndice
1 al JAR-FCL 1.005.
Requisitos
mínimos para la emisión de una licencia/autorización JAR-FCL basada en una
licencia/autorización nacional emitida en un Estado miembro de las JAA.
(Ver
JAR-FCL 1.005 (b) (3))
1.
Licencias de pilotos.
Una licencia de piloto emitida por un Estado
miembro de las JAA de acuerdo con las reglamentaciones nacionales de tal
Estado, puede ser sustituida por una licencia JAR-FCL sujeta a condiciones,
cuando sea aplicable. Para sustituir tales licencias el titular:
(a)
para una ATPL(A) o CPL(A), como verificación de
competencia, cumplirá los requisitos de revalidación de la habilitación de
tipo/clase o vuelo instrumental (IR cuando sea aplicable) establecidos en el
JAR-FCL 1.245 (b) (1), 1.245 (c) (1) o 1.245 (c) (2) relativos a las
atribuciones de la licencia de que es titular;
(b)
(i) para ATPL y CPL demostrará a satisfacción de
(ii)
Solo para PPL demostrará a satisfacción de
(c)
Demostrará conocimiento del inglés de acuerdo con el JAR-FCL 1.200, si es
titular de atribuciones IR.
(d)
Cumplirá los requisitos de experiencia a cualquier otro de los establecidos en
las tablas siguientes:
|
Licencia
nacional |
Experiencia
total de vuelo |
Otros
requisitos de las JAA. |
Licencias
JAR-FCL que sustituye y condiciones (si es aplicable) |
Remoción
de condiciones |
|
|
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
|
|
ATPL(A) |
>1500
como PIC en aviones multipiloto |
ninguna |
ATPL(A) |
no
aplicable |
(a) |
|
ATPL(A) |
>1500
en aviones multipiloto |
ninguna |
como
en (c) (4) |
como
en (c) (5) |
(b) |
|
ATPL(A) |
>500
en aviones multipiloto |
demostrará
a |
APTL(A)
con habilitación de tipo restringida a copiloto |
demostrar
habilidad para actuar como PIC de acuerdo con apéndice 2 del JAR-FCL 1.240 |
(c) |
|
CPL/IR
y teoría ATPL OACI demostrada en el Estado JAA emisor de la licencia |
>500
en aviones multipiloto |
(i)
demostrar a (ii) cumplir los demás requisitos de JAR-FCL 1.250 (a) (1)
y (2) |
CPL/IR
con acreditación de |
No
aplicable |
(d) |
|
CPL/IR(A) |
>500
en aviones multipiloto |
(i)
superar un examen de conocimientos teóricos de ATPL(A) JAR-FCL en el Estado
miembro de las JAA emisor de la licencia(*) (ii) cumplir los demás requisitos del JAR-FCL 1.250(a) (1)
y(2) |
CPL/IR
con acreditación de la teoría de ATPL JAR-FCL |
No
aplicable |
(e) |
|
CPL/IR(A) |
>500
como PIC en aviones de un solo piloto |
ninguna |
CPL/IR
con habilitaciones de tipo/clase restringidas a aviones de un solo piloto |
Obteniendo
habilitación de tipo para aviones multipiloto de
acuerdo con JAR-FCL 1.240 |
(f) |
|
CPL/IR(A) |
<500
como PIC en aviones de un solo piloto |
demostrar
a |
como
en (4) (f) |
(g) |
|
|
CPL(A) |
>500
como PIC en aviones para un solo piloto |
ninguna |
CPL,
con habilitaciones de tipo/clase restringidas a aviones de un solo piloto |
(h) |
|
|
CPL(A) |
<500
como PIC en aviones para un solo piloto |
como
en (3) (g) |
como
en (4) (h) |
(i) |
|
|
PPL/IR(A) |
75
horas en IFR |
calificación
para vuelo nocturno si las atribuciones para este vuelo no se incluyen en la
habilitación para vuelo instrumental |
PPL/IR(A)
( |
Demostrará
a |
(j) |
|
PPL(A) |
75
horas en aviones |
demostrará
saber usar las ayudas para la radionavegación |
PPL(A) |
|
(k) |
|
PC1ª |
>1500
horas como piloto de aviones |
Demostrará
a |
APTL(A)
con habilitación de tipo restringida a copiloto |
demostrar
habilidad para actuar como PIC de acuerdo con apéndice 2 del JAR-FCL 1.240 |
(l) |
(*) A los titulares de una CPL que ya disponen de
habilitación de tipo para aviones multipiloto no se
les requiere haber pasado un examen de conocimientos teóricos para ATPL mientras
continúe operando el mismo tipo de avión, pero no tendrá acreditados los
conocimientos ATPL para
2.
Conversión de la habilitación de instructor.
|
Habilitación,
autorización o atribuciones nacionales |
Experiencia |
Otros
requisitos JAA |
Substitución
por habilitación JAA |
|
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
|
FI(A)/IRI(A)/TRI(A)/CRI(A) |
de
acuerdo con JAR-FCL para la habilitación de que se trate |
demostrar
conocimientos de las partes relativas del JAR-FCL y JAR-OPS de acuerdo con
los criterios que se establezcan |
FI(A)/IRI(A)/TRI(A)/CRI(A) |
3.
Autorización de SFI.
Una autorización de SFI emitida por un Estado de
acuerdo con la reglamentación nacional de tal Estado puede ser substituida por
una autorización JAR FCL siempre y cuando el titular cumpla los requisitos de
experiencia y cualquier otro que se establece en la tabla siguiente:
|
Autorización
nacional |
Experiencia |
Otros
requisitos JAA |
Transformación
en la autorización JAA |
|
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
|
SFI |
>1500
horas como piloto MPA |
(i)
Ser o haber sido titular de una licencia de piloto profesional emitida por un
Estado miembro de las JAA o una licencia profesional no JAR-FCL aceptable por
(ii) haber completado un curso de simulador de vuelo de
una habilitación de tipo, incluido el MCC. |
(SFI) |
|
SFI |
3
años de experiencia reciente como SFI aceptable a la Autoridad |
haber
completado un curso de simulador de vuelo de una habilitación de tipo,
incluido el MCC |
SFI |
Esta autorización tendrá una duración máxima de 3
años.
Las nuevas autorizaciones estarán sujetas al
cumplimiento de los requisitos del JAR-FCL 1.415.
4.
Instructores en FTD y FNPTI.
|
Habilitación
nacional |
Experiencia |
Substitución
por habilitación JAA |
|
(1) |
(2) |
(3) |
|
Instructores
en FTD y/o FNPTI |
3
años de experiencia reciente como instructor en FTD y/o FNPTI aceptable a la
Autoridad |
Instrucción
en FTD y/o FNPTI |