Apéndice 1 al JAR-FCL 1.015

Requisitos mínimos para la validación de licencias de piloto de Estados no JAA.

(ver JAR-FCL 1.015 (b) (1)

1. Se establecen a continuación los requisitos mínimos para la validación de una licencia de piloto de un Estado no JAA por un Estado miembro de las JAA.

Licencias de pilotos para transporte aéreo comercial y otras actividades profesionales.

2. Una licencia de piloto emitida de acuerdo con el Anexo 1 al convenio sobre Aviación Civil Internacional por un Estado que no sea miembro de las JAA puede ser validada sujeta a condiciones, por un Estado miembro de las JAA en orden a permitir vuelos (que no sean de instrucción de vuelo) en aviones registrados en tal Estado miembro de las JAA. Para validar estas licencias el titular:

(a) cumplirá, como prueba de pericia, los requisitos del JAR-FCL 1.245 para la revalidación de la habilitación de tipo o clase, relativos a las atribuciones de la licencia de que es titular:

(b) demostrará a satisfacción de la Autoridad que ha adquirido los conocimientos necesarios de las partes correspondientes del JAR-OPS y JAR-FCL;

(c) demostrará conocimientos del inglés de acuerdo con el JAR-FCL 1.200;

(d) poseerá un certificado médico de clase 1 válido;

(e) reunirá cualquier requisito adicional publicado, que el Estado miembro de las JAA considere necesario; y

(f) cumplirá los requisitos de experiencia indicados en la columna (2) de la tabla siguiente en relación con las condiciones de validación especificadas en la columna (3):

 

 

   Licencia poseída

 

              Experiencia total de vuelo

 

                Condición de validación

 

 

 

               (1)

 

                                  (2)

 

                                 (3)

 

ATPL(A)

 

>1500 horas como PIC en aviones multipiloto

 

Transporte aéreo comercial en aviones multipiloto como PIC

 

(a)

 

ATPL(A) o

CPL(A)/IR (*)

 

>1500 horas como PIC o copiloto en aviones  multipiloto de acuerdo con los requisitos operacionales

 

Transporte aéreo comercial en aviones multipiloto como copiloto

 

(b)

 

CPL(A)/IR

 

>1000 horas como PIC en transporte aéreo comercial  desde la obtención de la I/R

 

Transporte aéreo comercial como PIC en aviones de un solo piloto

 

(c)

 

CPL(A)/IR

 

>1000 horas como PIC o copiloto en aviones  de un solo piloto de acuerdo con los requisitos operacionales

 

Transporte aéreo comercial como PIC en aviones de un solo piloto

 

(d)

 

CPL(A)

 

>700 horas en helicópteros. que no sean TMG, incluyendo 200 horas en la actividad para la cual se emite la validación de las cuales 50 horas en los últimos 12 meses

 

Actividades en aviones distintos de los usados en transporte aéreo comercial

 

(e)

 

(*) Los titulares de CPL/IR para aviones demostrarán conocimientos a nivel de ATPL OACI antes de la validación.

 

Licencias de piloto privado con habilitación de vuelo instrumental

 

3.   Una licencia de piloto privado con habilitación de vuelo instrumental, emitida de acuerdo con el Anexo 1 de OACI por un Estado no JAA puede ser validada, sujeta a condiciones, por un Estado JAA en orden a permitir vuelos, que no sean de instrucción, en aviones registrados en tal Estado JAA. Para validar estas licencias, el interesado:

 

   (a)  demostrará, como prueba de pericia, el contenido de los apéndices 1 y 2 al JAR-FCL 1.210 y el apéndice 3 al JAR-FCL 1.240 referente a la habilitación de clase o tipo, respectivamente.

 

(b)  demostrará, a satisfacción de la Autoridad Aeronáutica de acuerdo con la subparte J, que conoce la normativa aérea y los códigos de meteorología aeronáutica contenidos en la materia 050 10 03 01, así como de planificación de vuelo y performance (IR) contenidos en la materia 030 00 00 00, Factores humanos, materia 040 00 00 00, de acuerdo con los programas establecidos al efecto.

 

(c)  demostrará conocimientos de inglés, de acuerdo con JAR-FCL 1.200.

 

(d) será titular, al menos, de un certificado médico aeronáutico de clase 2 que incluya el requisito de audición de acuerdo con JAR-FCL 3.355(b).

 

(e)  será titular de atribuciones para R/T, aceptables para la Autoridad.

 

(f)     cumplirá los requisitos de experiencia establecidos en la columna (2) de la tabla siguiente:

 

 

 

 

Licencia

 

Total de horas de vuelo

 

(1)

 

(2)

 

PPL(A)/IR

 

> 100 horas como PIC en vuelo instrumental

 


 

Apéndice 2 al JAR-FCL 2.015

Conversión de una PPL emitida por un Estado no JAA en una PPL(A) JAR-FCL

(Ver JAR-FCL 1.015(c)(2))

 

 

Los requisitos mínimos para la conversión de una licencia de piloto privado (A) emitida por un Estado no JAA en un licencia JAR-FCL(A), son:

 

(a)  el aspirante será titular de una licencia emitida de acuerdo con el Anexo 1 de OACI

 

(b)  el aspirante será titular, al menos, de un certificado médico aeronáutico de clase 2

 

(c)  tendrá atribuciones para R/T aceptables para la Autoridad

 

(d)  cumplirá con los requisitos de experiencia establecidos en la tabla siguiente:

 

 

 

Licencia nacional de que es titular

 

Requisito de experiencia

 

Requisitos JAR-FCL adicionales

 

PPL(A) OACI vigente y válida

 

100 horas como piloto de helicópteros

 

(a)    Superar un examen escrito sobre Normativa y Factores humanos y limitaciones

(b)    Superar una prueba de pericia de PPL(A) de acuerdo con el apéndice 1 al JAR-FCL 1.130 y 1.135 y apéndice 2 al JAR-FCL 1.135

(c)    Cumplir los requisitos relevantes de la subparte F.